Art. 1
Representante Especial de la Unión Europea
En vigor desde 22 feb 2010
Artículo 1
Representante Especial de la Unión Europea
El mandato del Sr. Pierre MOREL como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para Asia Central se prorroga hasta el 31 de agosto de 2010. El mandato del REUE podrá terminar antes de esa fecha si así lo decidiera el Consejo por recomendación de la AR, tras la entrada en vigor de la Decisión por la que se crea el Servicio Europeo de Acción Exterior.
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