Art. 5
Objetivo específico no 1: Intercambio de información, formación y conocimiento de los mercados
En vigor desde 21 oct 2009
Artículo 5
Objetivo específico no 1: Intercambio de información, formación y conocimiento de los mercados
En el ámbito del intercambio de información y la formación, el objetivo operativo del programa será reforzar las cualificaciones de los profesionales europeos y de terceros países, en particular:
a)
mejorar la comprensión por parte de los profesionales, en concreto, de las condiciones operativas, los marcos jurídicos (incluido el ámbito de los derechos de propiedad intelectual) los sistemas financieros y las posibilidades de cooperación de sus respectivos mercados audiovisuales;
b)
asegurar y facilitar la cooperación audiovisual entre los profesionales mediante el aumento de su nivel de conocimiento de los mercados audiovisuales;
c)
facilitar la creación de redes y la aparición de relaciones de trabajo duraderas, en especial por medio de becas, o
d)
apoyar la formación profesional inicial y continua.
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