Art. 5

Objetivo específico no 1: Intercambio de información, formación y conocimiento de los mercados

En vigor desde 21 oct 2009
Artículo 5 Objetivo específico no 1: Intercambio de información, formación y conocimiento de los mercados En el ámbito del intercambio de información y la formación, el objetivo operativo del programa será reforzar las cualificaciones de los profesionales europeos y de terceros países, en particular: a) mejorar la comprensión por parte de los profesionales, en concreto, de las condiciones operativas, los marcos jurídicos (incluido el ámbito de los derechos de propiedad intelectual) los sistemas financieros y las posibilidades de cooperación de sus respectivos mercados audiovisuales; b) asegurar y facilitar la cooperación audiovisual entre los profesionales mediante el aumento de su nivel de conocimiento de los mercados audiovisuales; c) facilitar la creación de redes y la aparición de relaciones de trabajo duraderas, en especial por medio de becas, o d) apoyar la formación profesional inicial y continua.
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