Art. 32
Cláusula de revisión
En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 32
Cláusula de revisión
Las Partes acuerdan revisar la aplicación del presente capítulo a más tardar tres años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo, a fin de determinar qué otras medidas conviene tomar.
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Proeli:dec:2009:729:oj#art-32