Art. 1

El «Grupo de expertos de asesoramiento técnico sobre la producción ecológica»

En vigor desde 3 jun 2009
Artículo 1 El «Grupo de expertos de asesoramiento técnico sobre la producción ecológica» Se crea un grupo de expertos de asesoramiento técnico sobre la producción ecológica, denominado en lo sucesivo «el Grupo».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2009:427:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil