Art. 2
Definiciones
En vigor desde 23 abr 2009
Artículo 2
Definiciones
A efectos de la presente Decisión, se aplicarán las siguientes definiciones:
1)
«emisiones de gases de efecto invernadero»: las emisiones de dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6) de las categorías enumeradas en el anexo I, expresadas en términos de dióxido de carbono equivalente, determinadas con arreglo a la Decisión no 280/2004/CE, excluidas las emisiones de gases de efecto invernadero reguladas por la Directiva 2003/87/CE;
2)
«asignación anual de emisiones»: la cantidad máxima anual de emisiones de gases de efecto invernadero autorizada para los años 2013 a 2020 según establece el artículo 3, apartado 2.
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