Art. 15

En vigor desde 5 dic 2008
Artículo 15 Respecto a las enfermedades de los équidos distintas de la peste equina africana, la Comunidad concede una ayuda financiera al Laboratoire d’études et de recherches en pathologie animale et zoonoses/Laboratoire d’études et de recherche en pathologie equine de la AFSSA (Francia) para que desempeñe las competencias y funciones expuestas en el anexo del Reglamento (CE) no 180/2008. La ayuda financiera de la Comunidad cubrirá el 100 % de los gastos admisibles con arreglo al Reglamento (CE) no 1754/2006 que realice dicho laboratorio en el marco del programa de trabajo, hasta un máximo de 515 000 EUR, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, de los cuales se dedicarán, como máximo, 40 000 EUR a la organización de un seminario técnico sobre enferemedades de los équidos.
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