Art. 20

En vigor desde 28 nov 2008
Artículo 20 La Comunidad concede una contribución financiera al Chemisches und Veterinäruntersuchungsamt (CVUA), Stuttgart, Alemania, para desempeñar las funciones y tareas previstas en el artículo 32 del Reglamento (CE) no 882/2004, en particular para la realización de análisis y pruebas de residuos de plaguicidas mediante métodos de residuo único. En el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009, dicha contribución financiera no excederá de 332 000 EUR.
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