Art. 3
En vigor desde 20 nov 2008
Artículo 3
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo interino con miras a un AAE en nombre de la Comunidad, a reserva de su celebración.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2009:152(1):oj#art-3