Art. 5

En vigor desde 18 nov 2008
Artículo 5 El artículo 4 de la Decisión 2005/360/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 4 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “lubricantes”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de julio de 2010.».
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eli:dec:2008:889:oj#art-5

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