Art. 4

En vigor desde 18 nov 2008
Artículo 4 El artículo 3 de la Decisión 2005/344/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 Los criterios ecológicos de la categoría de productos “productos de limpieza de uso general y productos de limpieza de cocinas y baños”, así como los requisitos de evaluación y verificación, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2010.».
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eli:dec:2008:889:oj#art-4

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