Art. 1

En vigor desde 4 nov 2008
Artículo 1 1.   La Comunidad pondrá a disposición de Hungría un préstamo a medio plazo por un importe máximo de 6 500 millones EUR, con un vencimiento medio máximo de cinco años. 2.   La ayuda financiera de la Comunidad estará disponible durante un período de dos años a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la presente Decisión.
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