Art. 1

En vigor desde 17 sept 2008
Artículo 1 1.   La tolerancia continua del Estado griego respecto a Olympic Airways Services en relación con sus deudas fiscales y de seguridad social con el Estado, cuya cuantía se estima, al menos, en 590,4 millones EUR, constituye una ayuda estatal ilegal a dicha empresa, incompatible con el Tratado. 2.   La tolerancia continua del Estado griego respecto a Olympic Airlines en lo que atañe a los arrendamientos de aeronaves, cuya cuantía se estima en 137,2 millones EUR, a las deudas con Olympic Airways Services y Olympic Aviation, estimadas en un total de 86,3 millones EUR, a las deudas con la Autoridad Griega de Aviación Civil de 4,5 millones EUR, y al gravamen Spatosimo de al menos 38,1 millones EUR, constituyen una ayuda estatal ilegal a Olympic Airlines, incompatible con el Tratado. 3.   La protección especial de acreedores concedida mediante la legislación griega a Olympic Airways Services y Olympic Airlines constituye una ayuda estatal ilegal a ambas empresas, incompatible con el Tratado.
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