Art. 1
En vigor desde 5 ago 2008
Artículo 1
La finalidad de la presente Decisión es armonizar las condiciones para que las aplicaciones relacionadas con la seguridad de los sistemas de transporte inteligentes (STI) puedan disponer de la banda de frecuencias de 5 875-5 905 MHz y hacer un uso eficiente de ella en la Comunidad.
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