Art. 120
Aspectos reglamentarios del comercio electrónico
En vigor desde 15 jul 2008
Artículo 120
Aspectos reglamentarios del comercio electrónico
1. Las Partes mantendrán un diálogo sobre las cuestiones reglamentarias planteadas por el comercio electrónico, en el que se abordarán, entre otras, las cuestiones siguientes:
a)
el reconocimiento de certificados de firmas electrónicas expedidos para el público y el suministro de servicios transfronterizos de certificación;
b)
la responsabilidad de los proveedores de servicios intermediarios respecto a la transmisión o el almacenamiento de información;
c)
el tratamiento de las comunicaciones comerciales electrónicas no solicitadas;
d)
la protección de los consumidores en el ámbito del comercio electrónico;
e)
cualquier otra cuestión pertinente para el desarrollo del comercio electrónico.
2. Tal cooperación puede tomar la forma de un intercambio de información sobre la legislación respectiva de las Partes y los Estados signatarios del Cariforum relativa a estas cuestiones así como sobre la aplicación de dicha legislación.
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