Art. 11

Procedimiento de transmisión en caso de comparación automatizada de perfiles de ADN no identificados de conformidad con el artículo 4 de la Decisión 2008/615/JAI

En vigor desde 23 jun 2008
Artículo 11 Procedimiento de transmisión en caso de comparación automatizada de perfiles de ADN no identificados de conformidad con el artículo 4 de la Decisión 2008/615/JAI 1.   Si al realizar una comparación con perfiles de ADN no identificados se encuentran en las bases de datos de otros Estados miembros coincidencias con perfiles de ADN de referencia o no identificados, estas coincidencias se comunicarán automáticamente al Estado miembro que ha solicitado la consulta y se le transmitirán los índices de referencia de ADN. 2.   Si al realizar una comparación con perfiles de ADN no identificados se encuentran en las bases de datos de otros Estados miembros coincidencias con perfiles de ADN no identificados o de referencia, cada uno de los Estados miembros de que se trate podrá añadir una nota en este sentido en su base de datos nacional.
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