Art. 4

Estudios y evaluaciones

En vigor desde 6 may 2008
Artículo 4 Estudios y evaluaciones Se concede una participación financiera comunitaria máxima de 300 000 EUR para los siguientes estudios y evaluaciones: a) estudio de coste-beneficio de la identificación electrónica del ganado; b) evaluación de los laboratorios comunitarios de referencia para la sanidad animal y la zootecnia.
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