Art. 4
Estudios y evaluaciones
En vigor desde 6 may 2008
Artículo 4
Estudios y evaluaciones
Se concede una participación financiera comunitaria máxima de 300 000 EUR para los siguientes estudios y evaluaciones:
a)
estudio de coste-beneficio de la identificación electrónica del ganado;
b)
evaluación de los laboratorios comunitarios de referencia para la sanidad animal y la zootecnia.
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