Art. 1
Grupo de expertos «Plataforma sobre la conservación de datos electrónicos con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de los delitos graves»
En vigor desde 25 mar 2008
Artículo 1
Grupo de expertos «Plataforma sobre la conservación de datos electrónicos con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de los delitos graves»
Por la presente se crea la «Plataforma sobre la conservación de datos electrónicos con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de los delitos graves», un grupo de expertos en asuntos relacionados con la conservación de los datos personales a efectos de aplicación de la ley en el sector de las comunicaciones electrónicas, mencionada en lo sucesivo como «el grupo de expertos».
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