Art. 3
En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 3
El artículo 4 de la Decisión 2002/272/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “baldosas rígidas para suelos”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de marzo de 2010.».
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:63(1):oj#art-3