Art. 5

Conservación de los datos personales de los usuarios del IMI

En vigor desde 12 dic 2007
Artículo 5 Conservación de los datos personales de los usuarios del IMI Los datos personales de los usuarios del IMI, contemplados en el artículo 6, se conservarán en el IMI mientras sigan siendo usuarios de este y serán cancelados por las autoridades competentes tan pronto como dejen de ser usuarios. Los datos personales mencionados en el párrafo primero incluirán el nombre, la profesión, la dirección electrónica y los números de teléfono y fax profesionales de los usuarios del IMI.
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