Art. 3

Consulta

En vigor desde 31 oct 2007
Artículo 3 Consulta 1.   La Comisión podrá consultar al Grupo sobre cualquier materia relacionada con la e-facturación. 2.   El Presidente del Grupo podrá aconsejar a la Comisión sobre la conveniencia de consultar al Grupo en relación con una cuestión específica.
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