Art. 2

En vigor desde 23 oct 2007
Artículo 2 La ayuda estatal de 1 369 186 PLN concedida por Polonia al Grupo Technologie Buczek entre 1997 y 2003 no se ha utilizado con arreglo a las condiciones establecidas en el Protocolo 8 del Tratado de Adhesión y es, por tanto, incompatible con el mercado común.
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