Art. 2
En vigor desde 25 jun 2007
Artículo 2
1. Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar el Acuerdo y el Acta Final en nombre de la Comunidad Europea, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo.
2. Se autoriza al Presidente de la Comisión para que designe a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar el Acuerdo y el Acta Final en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo.
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