Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 20 jun 2007
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1.   La presente Decisión establece, sobre la base de las políticas y objetivos establecidos en los programas Daphne y Daphne II, un programa específico para prevenir y combatir la violencia ejercida sobre los niños, los jóvenes y las mujeres y proteger a las víctimas y grupos de riesgo («programa Daphne III»), en lo sucesivo denominado «el programa», como parte del Programa general «Derechos fundamentales y justicia», con el fin de contribuir a instaurar un elevado nivel de protección frente a la violencia y mejorar así la protección de la salud física y mental. 2.   El programa cubrirá el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013. 3.   A efectos del programa, el término «niños» abarca a las personas de edades comprendidas entre 0 y 18 años, de conformidad con los instrumentos internacionales relativos a los derechos del niño. 4.   No obstante, se considerará que los proyectos con acciones concebidas específicamente para grupos beneficiarios como, por ejemplo, los «adolescentes» (13 a 19 años de edad) o las personas de entre 12 y 25 años de edad, tienen por destinatarias a las personas incluidas en la categoría de «jóvenes».
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