Art. 57
Aplicación del Convenio del Consejo de Europa sobre protección de datos
En vigor desde 12 jun 2007
Artículo 57
Aplicación del Convenio del Consejo de Europa sobre protección de datos
Los datos personales que se traten en aplicación de la presente Decisión se protegerán de conformidad con el Convenio del Consejo de Europa, de 28 de enero de 1981, para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, y sus modificaciones posteriores.
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