Art. 12
Recursos totales
En vigor desde 23 may 2007
Artículo 12
Recursos totales
1. La dotación financiera para la ejecución de la presente Decisión, desde el 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2013, ascenderá a 628 millones EUR.
2. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales ajustándose al marco financiero.
3. La Comisión efectuará desgloses anuales indicativos por Estado miembro, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 13.
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