Art. 2
Modificaciones de la Decisión 2006/416/CE
En vigor desde 16 feb 2007
Artículo 2
Modificaciones de la Decisión 2006/416/CE
En el artículo 18, apartado 1, de la Decisión 2006/416/CE, la letra g) se sustituye por el texto siguiente:
«g)
esta carne no se destinará al comercio intracomunitario ni se exportará, e irá marcada:
i)
conforme al sello de identificación especial previsto en el anexo II de la Directiva 2002/99/CE, o bien
ii)
conforme al artículo 2 de la Decisión 2007/118/CE.».
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