Art. 1

Objetivo

En vigor desde 21 nov 2006
Artículo I Objetivo El objetivo del presente Acuerdo es intensificar la cooperación entre las Partes en los sectores cubiertos por sus respectivos programas de fusión, basándose en el beneficio mutuo y la reciprocidad global, a fin de desarrollar el conocimiento científico y la capacidad tecnológica necesarios para un sistema de energía de fusión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2011:334:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil