Art. 21

Objetivos del programa Erasmus

En vigor desde 15 nov 2006
Artículo 21 Objetivos del programa Erasmus 1.   Además de los objetivos del programa de aprendizaje permanente establecidos en el artículo 1, los objetivos específicos del programa Erasmus serán: a) apoyar la realización de un Espacio Europeo de Educación Superior; b) reforzar la contribución de la educación superior y la formación profesional avanzada al proceso de innovación. 2.   Los objetivos operativos del programa Erasmus serán los siguientes: a) mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la movilidad de estudiantes y personal docente en Europa, contribuyendo a lograr que, en 2012, al menos 3 millones de estudiantes se hayan desplazado gracias al programa Erasmus y sus programas predecesores; b) mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre los centros europeos de enseñanza superior; c) aumentar la transparencia y la compatibilidad entre las cualificaciones de la enseñanza superior y de la formación profesional de grado superior obtenidas en Europa; d) mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación entre los centros de enseñanza superior y las empresas; e) facilitar el desarrollo de prácticas innovadoras en educación y formación de nivel terciario así como su transferencia, incluso de un país participante a otros; f) apoyar el desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas de aprendizaje permanente innovadores y basados en las TIC.
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