Art. 30
Generalidades
En vigor desde 24 oct 2006
Artículo 30
Generalidades
El programa de apoyo a la política en materia de TIC podrá aplicarse mediante proyectos, acciones relativas a mejores prácticas y redes temáticas, incluidas acciones de experimentación y demostración a gran escala de servicios públicos innovadores con una dimensión paneuropea.
Los proyectos, las acciones relativas a mejores prácticas y las redes temáticas tendrán como objetivo fomentar el despliegue y un mejor uso de soluciones innovadoras basadas en las TIC, en especial para los servicios de interés público y para las PYME. El apoyo comunitario también facilitará la coordinación y ejecución de acciones de desarrollo de la sociedad de la información en los Estados miembros.
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