Art. 2

Composición

En vigor desde 30 may 2006
Artículo 2 Composición 1.   El CdC constará de los siguientes miembros: — representantes de todos los Estados miembros, y — representantes de los terceros Estados que participen en la operación y aporten contribuciones militares significativas, a que se refiere el anexo. 2.   También podrán asistir a las reuniones del CdC o estar representados en ellas el Director General del Estado Mayor de la UE y el Comandante de la Operación de la UE.
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eli:dec:2006:492:oj#art-2

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