Art. 6

Entrada en vigor

En vigor desde 20 ene 2006
Artículo 6 Entrada en vigor La presente Decisión surtirá efecto el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2007. La Comisión podrá decidir su posible prórroga antes de dicha fecha.
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