Art. 3

Restricciones al envío de aves de corral vivas, huevos para incubar y pollitos de un día

En vigor desde 21 dic 2005
Artículo 3 Restricciones al envío de aves de corral vivas, huevos para incubar y pollitos de un día No se despacharán desde Italia aves de corral vivas, huevos para incubar ni pollitos de un día procedentes u originarios de explotaciones situadas en la zona de vacunación ni de explotaciones ubicadas en una zona restringida establecida de acuerdo con lo dispuesto en el programa de vacunación.
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eli:dec:2005:926:oj#art-3

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