Art. 10
Entrada en vigor
En vigor desde 28 nov 2005
Artículo 10
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el 19 de diciembre de 2005.
El artículo 4, letras c), d) y e), y el artículo 6 se aplicarán a partir del 29 de noviembre de 2006.
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