Art. 5

En vigor desde 27 jul 2005
Artículo 5 La rúbrica 7 de los certificados EUR 1 expedidos en virtud de la presente Decisión deberá llevar una de las menciones siguientes: — «Derogation — Commission Decision 2005/578/EC», — «Dérogation — Décision 2005/578/CE de la Commission».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2005:578:oj#art-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil