Art. 5
En vigor desde 27 jul 2005
Artículo 5
La rúbrica 7 de los certificados EUR 1 expedidos en virtud de la presente Decisión deberá llevar una de las menciones siguientes:
—
«Derogation — Commission Decision 2005/578/EC»,
—
«Dérogation — Décision 2005/578/CE de la Commission».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2005:578:oj#art-5