Art. 6
Recuperación de los gastos
En vigor desde 23 may 2005
Artículo 6
Recuperación de los gastos
Todos los gastos derivados del análisis, el almacenamiento y la destrucción conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartados 1 o 4, y en el artículo 5, correrán a cargo de los importadores o explotadores de la empresa alimentaria afectados.
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