Art. 1

En vigor desde 5 abr 2005
Artículo 1 Queda aprobada la solicitud de Dinamarca presentada por carta de 8 de enero de 2004 en la que pedía a la Comisión que autorizase una exención de conformidad con el anexo III, punto 2, letra b), de la Directiva 91/676/CEE, a reserva del cumplimiento de las condiciones que figuran a continuación.
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