Art. 2
En vigor desde 22 dic 2004
Artículo 2
El artículo 251 del Tratado se aplicará a los dictámenes del Parlamento Europeo recibidos por el Consejo antes del 1 de enero de 2005 relativos a las propuestas de medidas sobre las que, en virtud de la presente Decisión, el Consejo deba pronunciarse de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado.
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