Art. 96

Información y comunicación

En vigor desde 13 dic 2004
Artículo 96 Información y comunicación La Comunidad y Croacia adoptarán las medidas necesarias para fomentar el intercambio de información entre ellas. Se otorgará prioridad a los programas destinados a proporcionar al público en general información básica sobre la Comunidad e información más especializada a las esferas profesionales de Croacia.
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