Art. 22

En vigor desde 30 nov 2004
Artículo 22 1.   Queda aprobado el programa de vigilancia de las EET presentado por el Reino Unido para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2005. 2.   La participación financiera de la Comunidad no excederá de 5 570 000 EUR.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2004:863:oj#art-22

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil