Art. 4
Estructura
En vigor desde 19 jul 2004
Artículo 4
Estructura
1. Cada consejo consultivo regional estará compuesto por una asamblea general y un comité ejecutivo.
2. La asamblea general se reunirá al menos una vez al año para aprobar el informe anual y el plan estratégico anual elaborado por comité ejecutivo.
3. La asamblea general nombrará un comité ejecutivo compuesto por hasta 24 miembros. El comité ejecutivo gestionará la actividad del Consejo consultivo regional y adoptará sus recomendaciones.
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