Art. 4
En vigor desde 2 jun 2004
Artículo 4
Italia modificará sus disposiciones de Derecho interno sobre ayudas para la publicidad de productos agrícolas incluidos en el anexo I del Tratado, con el fin de adecuarlas a las Directrices comunitarias sobre las ayudas estatales para publicidad de productos incluidos en el anexo I del Tratado CE y de determinados productos no incluidos en el mismo.
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