Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 21

En vigor desde 2 feb 2012
1. En España, la doble imposición se evitará bien de conformidad con las disposiciones de su legislación interna o de acuerdo con las siguientes disposiciones, de conformidad con la legislación interna española: (a) Cuando un residente de España obtenga rentas que, con arreglo a las disposiciones del presente Convenio, puedan someterse a imposición en Singapur, España permitirá: (i) la deducción del impuesto sobre la renta de ese residente por un importe igual al impuesto sobre la renta pagado en Singapur; (ii) la deducción del impuesto sobre sociedades efectivamente pagado por la sociedad que reparte los dividendos, correspondiente a los beneficios con cargo a los cuales dichos dividendos se pagan, de acuerdo con la legislación interna de España. Sin embargo, dicha deducción no podrá exceder de la parte del impuesto sobre la renta, calculado antes de la deducción, correspondiente a la renta que pueda someterse a imposición en Singapur. (b) Cuando con arreglo a cualquier disposición del presente Convenio las rentas obtenidas por un residente de España estén exentas de impuestos en España, España podrá, no obstante, tomar en consideración las rentas exentas para calcular el impuesto sobre el resto de las rentas de ese residente. 2. En Singapur, la doble imposición se evitará como sigue: (a) Cuando un residente de Singapur obtenga rentas procedentes de España que, con arreglo a las disposiciones del presente Convenio, puedan someterse a imposición en España, Singapur, con arreglo a sus disposiciones relativas a la imputación contra el impuesto singapurense del impuesto pagado en cualquier país distinto de Singapur, admitirá la deducción del impuesto español pagado, bien directamente o como deducción, contra el impuesto singapurense debido en relación con las rentas de ese residente. (b) Cuando dichas rentas consistan en dividendos pagados por una sociedad residente de España a una sociedad residente de Singapur que posea directa o indirectamente al menos el 10 por ciento del capital de la sociedad mencionada en primer lugar, la deducción se calculará teniendo en cuenta el impuesto español pagado por esa sociedad respecto de la parte de sus beneficios con cargo a la que se pagan los dividendos. (c) Cuando un residente de Singapur obtenga rentas procedentes de España, Singapur, previa satisfacción de las condiciones determinadas para la exención de rentas procedentes de fuente extranjera en los artículos 13(7A), 13(8) y 13(12) de la Ley del Impuesto sobre la Renta singapurense, Capítulo 134, edición revisada de 2008, exonerará dicha renta de imposición en Singapur.
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eli/es/ai/2011/04/13/(1)#art-21

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