Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO SEGUNDO

Art. 14

En vigor desde 29 dic 1978
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
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eli/es/c/1978/12/27/(1)#art-14

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