Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 20 dic 2019
La penalización establecida en el artículo 29 no será aplicable hasta el cuarto año del primer periodo de aplicación de la metodología, a efectos de posibilitar la adaptación de las empresas a los rangos de valores recomendables.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/cir/2019/12/05/6#disposicion-adicional-decima

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil