Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 5 mar 2023
Los incentivos del año 2023 se valorarán con los indicadores del año de gas 2023, que transcurre del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023, aplicando una proporción de 9/12. Se añade por el art. único.12 de la Circular 2/2023, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2023-5705

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eli/es/cir/2020/01/09/1#disposicion-transitoria-quinta

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