Título TÍTULO II›Capítulo LIBERTADES
Art. 8
Protección de datos de carácter personal
En vigor desde 7 jun 2016
1. Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que le conciernan.
2. Estos datos se tratarán de modo leal, para fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona afectada o en virtud de otro fundamento legítimo previsto por la ley. Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que le conciernan y a obtener su rectificación.
3. El respeto de estas normas estará sujeto al control de una autoridad independiente.
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Procelex:12016P/TXT#art-008