Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 28 abr 2016
A los efectos del artículo 87.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y del artículo 33.2 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, el cargo de Jefe del Gabinete de la Presidencia del Tribunal Constitucional tendrá la consideración de alto cargo.
Se añade por el art. único.2 del Acuerdo de 21 de abril de 2016. Ref. BOE-A-2016-4039 .
Tus anotaciones
Proeli/es/a/1990/07/05/(1)#disposicion-adicional-tercera