Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 5.ª El equipo rectoral

Art. 95

En vigor desde 1 ene 2021
El Gerente podrá delegar áreas de su competencia en uno o más Vicegerentes. Los Vicegerentes serán designados por el Rector, entre titulados superiores, a propuesta del Gerente.
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eli/es-cl/a/2020/12/30/111#art-95

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