Reglamento·n.º 739·28 de julio de 2008

Reglamento (CE) 2008/739

REGLAMENTO (CE) N o 739/2008 DE LA COMISIÓN - de 28 de julio de 2008 - por el que se prohíbe la pesca de besugo en las zonas CIEM VI, VII y VIII (aguas comunitarias y aguas que no están bajo la soberanía ni jurisdicción de terceros países) por los buques que enarbolan pabellón de un Estado miembro excepto España, Francia, Irlanda y el Reino Unido

Vigente desde el 28 de julio de 2008 6 artículos 1 vigencias historificadas
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Art. 1Agotamiento de la cuotaArt. 1.tit_1Agotamiento de la cuotaArt. 2ProhibicionesArt. 2.tit_1ProhibicionesArt. 3Entrada en vigorArt. 3.tit_1Entrada en vigor
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