Título SECCIÓN PRIMERA›Capítulo EL PARLAMENTO EUROPEO
Art. 232
(antiguo artículo 199 TCE)
En vigor desde 7 jun 2016
El Parlamento Europeo establecerá su propio reglamento interno por mayoría de los miembros que lo componen.
Los documentos del Parlamento Europeo se publicarán en la forma prevista en los Tratados y en dicho reglamento.
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Procelex:12016E/TXT#art-232